El Tribunal Superior Electoral (TSE) publicó, este lunes (14), la Resolución nº 23.679/22, que regula la publicidad gratuita de los partidos en radio y televisión, establecida por la Ley nº 23.679/22.
La norma establece que la propaganda partidaria se transmitirá a través de inserciones de 30 segundos, en el intervalo de programación normal de las emisoras, entre las 7:30 p. m. y las 10:30 p. m., observándose lo siguiente:
Los insertos nacionales se exhibirán exclusivamente los martes, jueves y sábados; y encartes estatales los lunes, miércoles y viernes;
En cada estación se realizarán un máximo de 10 inserciones por día —lo que corresponde a cinco minutos diarios— divididas proporcionalmente en tres franjas horarias:
A pedido de ABERT, se incorporó a la resolución del TSE la posibilidad de ampliar el horario de exhibición de los insertos, por incompatibilidad técnica e indisponibilidad del horario de emisión de los insertos que exige la ley.
Según la resolución, en caso de imposibilidad comprobada de interrumpir la programación normal de la emisora entre las 19:30 y las 22:30 horas, como en el caso de la transmisión de un evento deportivo y cobertura de noticias en vivo, el programa A Voz do Brasil o religioso ceremonias, los locutores podrán solicitar a la presidencia del tribunal competente que extienda el tiempo de exhibición de los insertos de propaganda electoral hasta la medianoche de la(s) fecha(s) indicada(s).